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Diversos indicadores internacionales y nacionales sobre independencia judicial, acceso a la justicia e impunidad coinciden en algo que ya no admite discusión: el Poder Judicial hondureño ha ido en decadencia a lo largo de los años. Lamentablemente, en Honduras se hace justicia a quien tiene con qué pagar los bufetes más prestigiosos, normalmente, la gente de dinero, mientras una enorme cantidad de personas permanece en las cárceles del país por delitos menores, o siendo inocentes, porque la justicia, lamentablemente, no es pareja.
A ese problema se suma otro igual de grave: la politización del Poder Judicial y el hecho de que la administración de la justicia recaiga en el presidente de la Corte Suprema de Justicia y, más recientemente, en el propio pleno de magistrados. Esa concentración no permite que los magistrados se dediquen a lo que constitucionalmente les corresponde, impartir justicia y, al mismo tiempo, los vuelve vulnerables al tráfico de influencias. Un juez que sabe que quienes resuelven sus casos también deciden su traslado, su ascenso o su remoción, difícilmente fallará contra los intereses de quienes tienen influencia sobre esas mismas autoridades.
No es la primera vez que el país intenta corregir esta anomalía. En 2011, el Congreso Nacional creó, mediante el Decreto 219-2011, el primer Consejo de la Judicatura y Carrera Judicial. Ese organismo fue declarado parcialmente inconstitucional en 2016, en medio de señalamientos de irregularidades en contrataciones de personal, manejo de viáticos y otras decisiones administrativas. Tras su desaparición, sus funciones regresaron al sistema tradicional: la presidencia de la Corte Suprema de Justicia, y desde febrero de este año, de forma transitoria, al pleno de los 15 magistrados. Diez años después, seguimos exactamente donde empezamos o peor: sin haber resuelto el problema de fondo que motivó, en primer lugar, la creación de aquel Consejo.
El Estado de derecho no es un concepto abstracto: es la condición misma de la democracia
Cuando el Poder Judicial pierde independencia, no estamos ante un problema técnico o administrativo, estamos ante el debilitamiento de uno de los pilares que sostienen la democracia. Un Estado de derecho erosionado no se limita a producir sentencias injustas: destruye la confianza ciudadana en que las reglas aplican para todos por igual, y esa confianza, una vez perdida, es extraordinariamente difícil de reconstruir.
Los números no dejan lugar a dudas: con apenas 22 puntos sobre 100 en el Índice de Percepción de la Corrupción 2025 de Transparencia Internacional lo que ubica a Honduras en el puesto 157 de 180 países evaluados, y situado entre el 15% de países peor calificados en independencia judicial a nivel mundial según el Índice de Estado de Derecho del World Justice Project, Honduras no es una excepción regional, sino un caso de manual de cómo la concentración de poder en el sistema de justicia alimenta la impunidad. Y el fenómeno no es aislado: el promedio de América Latina y el Caribe en ese mismo índice cayó a 0.51 sobre 1.00 en 2025, continuando una tendencia de deterioro casi ininterrumpida desde 2011, mientras que a nivel global el 68% de los países retrocedieron el año pasado en Estado de derecho, con caídas específicas en independencia judicial y en la capacidad de la justicia civil y penal de operar libre de influencia política indebida. Honduras no navega contra la corriente regional: navega justo en medio de ella, y con peor suerte que la mayoría.
Lamentablemente, este es uno de los grandes males que arrastra el país. Cuando la ciudadanía percibe, con razón, que la justicia se compra, que el resultado de un proceso depende de quién tiene el bufete más caro o el contacto político correcto, y que mientras tanto miles de personas permanecen privadas de libertad por delitos menores o sin haber sido siquiera condenadas, el mensaje que recibe el país es demoledor: la ley no es el árbitro imparcial que debería ser, sino un instrumento que se dobla según el poder o el dinero de quien la invoca.
Y cuando nadie cree en la justicia, el daño no se queda en los tribunales. Se traslada a la vida democrática entera. Ciudadanos que no confían en que la justicia los proteja dejan de creer en las instituciones que la sostienen; empresarios y ciudadanos que no confían en que un contrato o un derecho será respetado por igual, sea cual sea su origen, se retiran de la inversión, de la formalidad o incluso del país; y actores políticos y criminales que descubren que el sistema judicial es capturable, no tienen ningún incentivo para dejar de capturarlo. La impunidad, que en Honduras alcanza un 86% en delitos contra la vida, no es un efecto colateral de un sistema débil: es la consecuencia directa y predecible de un Poder Judicial que concentra en pocas manos funciones que deberían estar separadas, y que por ello queda expuesto al tráfico de influencias en lugar de blindado frente a él.
Un país no puede aspirar a fortalecer su democracia mientras su Poder Judicial siga siendo, al mismo tiempo, juez y administrador de sí mismo. La separación de las funciones jurisdiccionales y administrativas no es un tecnicismo legal: es una condición básica para que la justicia deje de ser un privilegio de quien puede pagarla y vuelva a ser lo que constitucionalmente debe ser un derecho igual para todos.
El Consejo de la Judicatura: la pieza que falta
Frente a este panorama, no hace falta inventar la solución: ya existe una ruta concreta, técnicamente trabajada y sobre la mesa del Congreso Nacional desde hace más de dos meses. El 10 de junio de 2026, el Pleno de Magistrados de la Corte Suprema de Justicia aprobó por unanimidad y entregó al Legislativo el anteproyecto de la nueva Ley del Consejo de la Judicatura y la Carrera Judicial, un instrumento de 112 artículos que busca, precisamente, separar la administración de la carrera judicial, selección, evaluación, traslados y disciplina de jueces, de la función jurisdiccional que corresponde exclusivamente a la Corte.
Hay razones de peso para exigirle al Congreso que le dé trámite sin más dilación:
- Corrige el vicio que hundió al modelo anterior. El primer Consejo de la Judicatura (Decreto 219-2011) fue declarado parcialmente inconstitucional en 2016 tras escándalos de manejo irregular de personal, viáticos y contrataciones. El nuevo anteproyecto responde a esas fallas: elimina la injerencia del Congreso y de los partidos políticos en la integración del Consejo, y traslada la elección de sus miembros al propio Pleno de la CSJ por mayoría calificada de tres cuartas partes.
- Cierra una anomalía institucional que ya tiene fecha de caducidad legal. Desde febrero de 2026, mediante el Decreto 10-2026, las facultades administrativas sobre nombramientos, traslados y ascensos de jueces recaen de forma transitoria en el Pleno de los 15 magistrados de la CSJ. Esa fue, desde su origen, una solución temporal mientras se aprobaba una ley definitiva, no un modelo destinado a quedarse. Prolongar esa transitoriedad es prolongar exactamente el problema que este artículo ha venido describiendo: magistrados que, además de resolver casos, deciden sobre la carrera de quienes fallan esos casos.
- Cuenta con el respaldo institucional necesario para avanzar. No se trata de una iniciativa impuesta desde fuera del sistema de justicia: fue construida con participación de asociaciones de jueces, magistrados, empleados judiciales, el Colegio de Abogados y las facultades de derecho del país, y aprobada sin un solo voto en contra por el máximo tribunal. Las propias asociaciones de jueces han salido públicamente, en las últimas semanas, a pedirle al Congreso que retome su discusión.
- Responde a compromisos internacionales que Honduras ya no puede seguir postergando.** La urgencia de esta reforma no nace solo de la crisis interna: obedece también a fallos adversos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que han evidenciado la desprotección y las destituciones arbitrarias sufridas por jueces bajo el marco jurídico anterior. Un Consejo de la Judicatura bien diseñado no es una concesión graciosa al Poder Judicial: es una obligación pendiente con los estándares interamericanos de independencia judicial que el Estado hondureño ya se comprometió a cumplir.
Da vergüenza ajena constatar que, mientras el país necesita diputados capaces de leer 112 artículos técnicos sobre independencia judicial, buena parte del hemiciclo parece más interesada en acumular seguidores que en acumular criterio. Sobra el diputado que graba reels bailando en los pasillos del Congreso, pero escasea el que se toma la molestia de leer un dictamen; sobra el que discute con vehemencia sobre la farándula nacional o el chisme político de la semana, pero falta el que dedique esa misma energía a entender por qué Honduras lleva diez años sin un órgano que separe la administración de justicia de la impartición de justicia. Se necesitan menos posturas para la foto y más profundidad para la ley. Si el mismo entusiasmo que algunos legisladores invierten en su imagen en redes sociales lo invirtieran en estudiar los problemas estructurales del país, quizás el Consejo de la Judicatura ya habría dejado de ser una promesa pendiente desde hace una década. El reto es simple: menos influencer, más legislador.
El proyecto está en el Congreso Nacional. Lo que falta no es voluntad técnica ni consenso institucional, ambos ya existen, sino voluntad política para priorizarlo. Honduras no puede darse el lujo de dejar pasar otra legislatura sin resolver la anomalía que perpetúa la politización y la vulnerabilidad al tráfico de influencias en su sistema de justicia. La independencia judicial no se declara: se construye con instituciones separadas, con reglas claras y con la voluntad de quienes tienen en sus manos la posibilidad de aprobarlas. El Congreso Nacional tiene ahora la palabra, y el país, la obligación de exigírsela.


