Análisis jurídico de la Asociación para una Sociedad más Justa (ASJ) 

Logo ASJ Honduras

Análisis jurídico de la Asociación para una Sociedad más Justa (ASJ) 

Caso: Situación procesal de Marco Bográn y el alcance de la decisión de la Sala de lo Penal 

Mora en la resolución de la casación abre la puerta a que Marco Bográn recupere su libertad antes de que sus condenas queden firmes  

I. Antecedentes 

A raíz de la decisión informada por la Corte Suprema de Justicia (CSJ), mediante la cual se revocó la medida de prisión preventiva que pesaba contra Marco Antonio Bográn Corrales, exdirector de Inversión Estratégica de Honduras (Invest-H), en el caso relacionado con la compra irregular de mascarillas, la Asociación para una Sociedad más Justa (ASJ), organización que denunció los casos por los que hoy enfrenta procesos y condenas, realizó el análisis correspondiente para determinar el alcance jurídico de esta resolución y su efecto real sobre la libertad del exfuncionario. 

Este análisis expone la situación procesal de cada una de sus causas y las valoraciones de ASJ sobre el marco legal que permite este tipo de resoluciones.

II. Naturaleza de la decisión en el caso de mascarillas 

En el caso de la compra de mascarillas, el tribunal de sentencia dictó en febrero de 2023 una sentencia condenatoria contra Marco Bográn que le impuso seis años de prisión y una multa de L 39,396,000. Esta sentencia aún no ha adquirido firmeza, debido a que continúa pendiente de resolverse el recurso de casación interpuesto ante la Sala de lo Penal, por lo que la situación del exfuncionario en esta causa sigue regida por las medidas cautelares y no por la ejecución de la pena. 

En ese contexto, la Sala de lo Penal revocó la prisión preventiva tomando como referencia el artículo 81 del Código Penal, que regula la libertad condicional y permite concederla cuando el penado ha cumplido la mitad de la pena en condenas de prisión de hasta quince años. Esta norma exige además buena conducta en el establecimiento penitenciario, un pronóstico favorable de reinserción social y, en su caso, la satisfacción de las responsabilidades civiles derivadas del delito. La Sala habría considerado que Marco Bográn ya permaneció en prisión preventiva el tiempo que le permitiría optar a ese beneficio si su sentencia estuviera firme, en concordancia con el artículo 181 del Código Procesal Penal, que limita la prisión preventiva a la mitad de la pena impuesta mientras la condena no adquiere firmeza. Por ello, la decisión no constituye propiamente una libertad condicional, que corresponde otorgar al Juez de Ejecución sobre una condena firme, sino una revisión de la medida cautelar que toma como referencia ese umbral. 

La falta de firmeza tiene además una consecuencia relevante, pues la condena aún puede ser confirmada, modificada o anulada en casación, y hasta ese momento el tiempo que Marco Bográn ha permanecido en prisión preventiva se abonaría a la pena que finalmente quede firme.  

III. Efectos de la decisión sobre la libertad del procesado 

La revocatoria de la prisión preventiva en el caso de mascarillas no produce por sí misma la excarcelación de Marco Bográn, ya que sus efectos se limitan a esa causa y el exfuncionario mantiene otros procesos abiertos en los que subsisten medidas que sustentan su privación de libertad. El Instituto Nacional Penitenciario confirmó mediante comunicado que, con la información remitida por el Poder Judicial, no puede proceder a su excarcelación mientras existan causas pendientes. 

Esto significa que la decisión de la CSJ no equivale a una puesta en libertad inmediata. Sin embargo, ASJ advierte que sí anticipa el camino que la defensa podrá seguir en las demás causas a medida que se cumplan los plazos que la ley establece.  

IV. Situación procesal de las demás causas 
  • Caso hospitales móviles. Esta es la causa con el mayor perjuicio económico entre los procesos seguidos contra Marco Bográn. En ella se dictó sentencia condenatoria en junio de 2022, con una pena de diez años y once meses de prisión, que también se encuentra dentro del rango de hasta quince años previsto en el artículo 81 del Código Penal. Como el tiempo en prisión preventiva se computa desde su captura en marzo de 2021, la mitad de la pena, equivalente a cinco años, cinco meses y quince días, se habría cumplido en agosto de 2026, por lo que la defensa podría estar ya en condiciones de solicitar la revisión de la medida. ASJ prevé que presentará en esta causa una solicitud similar a la del caso de mascarillas. 
  • Caso ventiladores mecánicos. Este proceso aún no cuenta con sentencia, porque la defensa interpuso un recurso de amparo que la Sala de lo Constitucional no ha resuelto. Mientras no exista pronunciamiento sobre el amparo y posteriormente una sentencia, no es posible determinar la pena aplicable ni si esta quedaría dentro del rango que habilita la revisión de la medida. 
  • Caso Hotel VIP. En esta causa existe sentencia firme por el delito de violación de los deberes de los funcionarios, un tipo penal que no contempla pena privativa de libertad y que se sanciona con inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos. Por su naturaleza, esta condena no incide en el tiempo que Marco Bográn deba permanecer en prisión.  
V. Valoración de ASJ 

ASJ reconoce que la defensa de Marco Bográn actúa dentro de los mecanismos que la ley le otorga y que la Sala de lo Penal aplicó disposiciones vigentes. No obstante, precisamente por tratarse de una aplicación legal, el caso evidencia un problema estructural, pues el marco penal permite que personas con sentencia condenatoria no firme por hechos de corrupción con graves consecuencias para la población recuperen su libertad antes de que sus condenas queden definitivas. 

Para el capítulo de Transparencia Internacional en Honduras, este resultado no obedece a una decisión judicial aislada, sino a un sistema penal diseñado para que causas de esta magnitud concluyan con sanciones que no guardan proporción con el daño causado al Estado. Esta realidad debilita el efecto disuasivo de la persecución penal contra la corrupción y erosiona la confianza ciudadana en que estos delitos tengan consecuencias reales.

Compartir

Facebook
Twitter
LinkedIn
WhatsApp

Otras noticias